El miércoles pasado, entró en vigor un decreto mediante el cual se adicionan y reforman diversos apartados de la Ley General de Salud; Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado; Ley del Seguro Social; Ley para la Protección de los derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, entre otros ordenamientos, para fomentar la lactancia materna.
El objetivo de estas reformas es orientar y dar vigilancia en la materia. El Diario Oficial de la Federación indicó que se buscará implementar acciones que impulsen la lactancia materna como la vía de alimentación exclusiva durante los primeros seis meses de vida, y como alimentación complementaria hasta los dos años. En caso de que se requiera, se dará apoyo alimentario directo para mejorar el estado nutricional del grupo materno infantil.
Las modificaciones legales señalan que las mujeres que estén amamantando podrán tener dos reposos extraordinarios de 30 minutos cada uno en el día. También se les dará una hora diaria para amamantar a sus hijos o realizar la extracción manual de leche, para lo cual la institución o dependencia deberá designar un lugar higiénico y adecuado.
En caso de que exista alguna incapacidad física o laboral para amamantar al bebé, se otorgará a la madre o a la persona encargada de la alimentacion una ayuda en especie hasta por un lapso de seis meses.
El decreto concede un plazo de 375 días naturales a partir de su entrada en vigor para que se realicen las adecuaciones físicas necesarias para dar cumplimiento a la ley.
Vía: Diario Oficial de la Federación